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¿Qué es el Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria?

¿Qué es el Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria?

De seguro en algún momento has oído mencionar el Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria conocido por sus siglas como IPI; cuando las personas compran uno de los apartamentos en venta en Santo Domingo o cualquier otro tipo de propiedad debe conocer las obligaciones tributarias de las que debe hacerse cargo y una de estas en el Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria.

En CityMax Dominicana como parte de las inmobiliarias en Santo Domingo, tenemos el compromiso de brindar información que sea relevante, en este caso creemos importante que quienes apliquen para el pago del Impuesto a la Propiedad inmobiliaria tengan toda la información que corresponda para que así pueda prepararse con tiempo y lo más importante no dejar de cumplir esta obligación.

La compra de una casa o apartamento viene acompañado de algunos trámites postcompra, el proceso no termina cuando has recibido las llaves de tu propiedad, debes informarte de otros deberes pendientes por cumplir. Si ahora mismo has comprado una de las casas o apartamentos en venta en Santo Domingo o lo hiciste en el año 2021 de seguro esta información te será de gran ayuda, te invitamos a que te quedes con nosotros hasta el final y tengas esta valiosa información llegado el momento y la necesites. Conoce todo sobre el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario.

También te puede interesar leer: ¿Qué es una oportunidad inmobiliaria?

¿De qué se trata el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario?

¡Tranquilo! No debes hacerte cargo de este impuesto de manera mensual, semanal ni mucho menos diaria, este es un impuesto anual y el mismo se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario gravado que tienen registrados las personas físicas y Fideicomisos. Es decir, cada persona debe pagar de acuerdo a lo que posee, no es un monto fijo.

¿Cómo se si debo pagar este impuesto?

Esta puede ser una de las preguntas más frecuentes de las personas que recientemente han adquirido una propiedad inmobiliaria y es como saber si estoy en la lista de las personas que debes pagar este impuesto, si eres una persona física o fideicomiso de seguro eres responsable de pagar el IPI, aunque existen algunas exenciones de las que estaremos hablando más adelante.

Si debo pagar el IPI ¿Cuáles son las tasas que debo pagar?

Cuando se trata de una persona física

Si es tu caso, es aplicable una tasa del 1% sobre el valor excedente de (RD$8, 138, 353.26) del patrimonio gravado.

¿Qué pasa si es un Fideicomiso?

Cuando se trata de un Fideicomiso cambian las condiciones respecto a una persona física, en este caso la tasa corresponde al 1% sobre el valor total  del patrimonio gravado.

Debo pagar el IPI ¿En qué fecha debo hacerlo?

Te contamos que puedes fraccionar este impuesto, es decir puedes dividirlo en 2 cuotas semestrales, pero ¡espera! Este dinero debes pagarlo en una fecha específica las cuales se han establecido de la siguiente manera.

La fecha límite que tienes para pagar la primera cuota es el 11 de marzo. En cuanto a la segunda cuota tienes plazo hasta el 11 de septiembre.

Recuerda que este impuesto debes pagarlo al año siguiente de comprar el inmueble, es decir; si la compra la hiciste el 10 de agosto de 2021 vas a declarar este impuesto al siguiente año es decir en el 2022 pagadero en las fechas antes mencionada.

En el caso de que hayas comprado el inmueble en enero 2022 debes esperar el siguiente año para declarar el IPI, es decir en el año 2023.

¿De qué se trata un patrimonio gravado?

Para las personas físicas

Son todos aquellos inmuebles que no gozan de ninguna exención y que también cumplen con la característica de que su valor conjunto es superior a (RD$8, 138, 353.26).

Para los Fideicomisos

El patrimonio que es gravado para los Fideicomisos corresponde a cualquier inmueble que no goce de una exención independientemente de su valor.

¿Cuándo es la fecha de presentación y pago del Impuesto a La Propiedad Inmobiliaria?

Las fechas que se han establecido para la presentación de esta declaración corresponden a los primeros sesenta días del año siguiente en el que se ha comprado el inmueble.

Estos son algunos de los inmuebles que están sujetos al pago del Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria

-Todas las viviendas.

-Solares urbanos.

-Inmuebles destinados a actividades comerciales, industriales y profesionales.

¿Cuáles son las exenciones?

Los inmuebles que están descritos en esta categoría están libres del pago del Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria según lo establecido por la ley.

-La vivienda (y el solar sobre el cual se encuentra edificada) perteneciente a personas mayores de 65 años de edad, siempre y este constituya el único patrimonio inmobiliario de su propietario.

-Personas pensionistas y rentistas de fuente extranjera en un 50%.

-Los terrenos rurales.

-Mejoras de uso agropecuario ubicados sobre terrenos rurales.

-Inmuebles exentos por leyes especiales (ej. Ley 158-01).

-Todos los inmuebles alcanzados, cuyo valor conjunto sea igual o inferior a RD$8, 138, 353.26.

Se podrá gozar de estas exenciones siempre y cuando el inmueble y la persona física y/o Fideicomiso cuenten con las características que corresponda de acuerdo sea el caso.

Notas:

-No forman parte de la base imponible los inmuebles que disfruten de algunas de las exenciones mencionadas del 2 al 4.

-La forma en que se adquiera el inmueble no excluye a su propietario del pago de IPI.

¿Qué pasa si paga después de la fecha establecida?

Si por cualquier motivo se ha pasado la fecha correspondiente al pago del IPI, es decir si te excedes de la fecha límite, se aplicará un 10% de recargo por mora sobre el valor del impuesto a pagar, por el primer mes o fracción de mes, un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente; así como un 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes sobre el monto a pagar.

Cuéntanos, ¿te ha sido útil esta información? ¿Compraste una de las casas o apartamentos en venta en Santo Domingo en el año 2021? Si la respuesta es sí, recuerda hacer la presentación correspondiente. Contáctanos para más información.

 


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